La Cámara Civil y Comercial de Jujuy resolvió el pasado 15 de mayo de 2025 un fallo de alto impacto institucional: aunque desestimó la demanda por daños y perjuicios promovida por Gerardo y Gastón Morales contra el abogado Juan Enrique Giusti, el tribunal confirmó que las afirmaciones del demandado contra la empresa estatal Cannava fueron falsas.
El fallo, dictado por la jueza Elba Rita Cabezas, señala que Giusti propaló información carente de veracidad al vincular a Cannava con actividades ilegales, como el narcotráfico. No obstante, la resolución desestima la reparación económica solicitada por los demandantes, argumentando que no se acreditó la existencia de “real malicia” en sus expresiones, criterio jurídico necesario para condenar por daños a un particular que se pronuncia sobre asuntos de interés público.
La sentencia, que se conoce en un contexto de creciente debate sobre el rol del Estado provincial en el desarrollo del proyecto de cannabis medicinal, deja al descubierto una tensión latente entre el ejercicio de la libertad de expresión y los límites legales de la crítica a la gestión pública.
Las acusaciones: “Narcoestado”, “porros” y cuestionamientos al proyecto Cannava
Durante años, el abogado Juan Enrique Giusti encabezó una campaña pública de denuncia contra diversos proyectos estatales en Jujuy, con especial énfasis en la empresa Cannava S.E., dirigida por Gastón Morales, hijo del exgobernador Gerardo Morales. Giusti denunció supuestas irregularidades en los contratos con empresas extranjeras, el uso de terrenos públicos, y el desvío de los fines declarados de producción de cannabis con fines medicinales hacia fines recreativos.
En sus publicaciones en redes sociales y declaraciones públicas, Giusti utilizó términos como “narcoestado”, “peculado” y “porros” para referirse al accionar del gobierno provincial y el destino del emprendimiento estatal. Tales expresiones, según el fallo, constituyen afirmaciones “falsas”, pero no fueron consideradas jurídicamente maliciosas en el sentido técnico que amerite una condena.
El fallo: confirmación de falsedad sin condena económica
En el considerando 6.a de la sentencia, la jueza Cabezas afirma de forma categórica: “El demandado propaló noticias que luego se estableciera son falsas”. Y agrega: “La empresa [Cannava] no se dedica al narcotráfico y se encuentra sujeta a todos los controles estatales legislados para su regular explotación.”
El pronunciamiento judicial aclara que, si bien se probaron las falsedades de las imputaciones, estas no fueron difundidas con dolo o desprecio consciente por la verdad, lo que impide aplicar la doctrina de la real malicia, surgida de la jurisprudencia constitucional argentina como criterio para proteger la libertad de expresión en temas de interés público.
Giusti: “No miento, el gobierno sí miente”
Tras la difusión del fallo, Juan Enrique Giusti publicó un extenso descargo en redes sociales, en el que acusó al Poder Judicial provincial de actuar condicionado por el poder político.
“Está probado en el expediente cada uno de los hechos que dije y por los cuales fui demandado por Gerardo y Gastón Morales, absolutamente todos”, escribió. Y añadió: “La jueza confirmó que investigué todos los casos. Si hubieran sido falsas mis denuncias, ella tenía la obligación legal de condenarme.”
Giusti insistió en que el fallo reconoce la existencia de una investigación previa a sus declaraciones, que le otorga legitimidad como denunciante. A pesar de esto, el texto judicial sí desestima muchas de las conclusiones a las que arribó el abogado, como la supuesta transformación del proyecto estatal en una estructura de producción de cannabis recreativo.
La mirada de Alejandra Cejas: “Nos pidieron que dejáramos de investigar”
La exdiputada provincial Alejandra Cejas, quien colaboró con Giusti en la investigación sobre el proceso de producción de cannabis en Jujuy, también se pronunció sobre el fallo.
“Nosotros recibimos mensajes diciéndonos que dejemos de investigar y dejemos de hablar de la marihuana”, expresó.
Cejas recordó que desde 2019 se realizaron múltiples convenios con empresas extranjeras, entre ellas la canadiense Aphria y la chilena Knop, pero que el contrato definitivo se firmó con Green Leaf, una subsidiaria de una firma estadounidense que, según sus dichos, no se dedicaba exclusivamente al cannabis medicinal.
La exlegisladora subrayó que el contrato firmado por Cannava fue rubricado en inglés y que el mismo permitía el uso de 10 mil hectáreas para el cultivo de cannabis recreativo, algo que contradecía las declaraciones oficiales.
“El fallo es muy claro. Hace hincapié en el proceso de investigación. Yo fui testigo. Investigamos todo el proceso de cómo se llegó hasta acá con la marihuana”, remarcó.
Un fallo dividido entre lo institucional y lo judicial
El fallo ha generado interpretaciones divergentes en el ámbito político y jurídico. Desde sectores cercanos al oficialismo provincial se remarcó que la sentencia confirma la legalidad plena de Cannava y desarma, en términos institucionales, las acusaciones de Giusti. No obstante, desde sectores críticos, se destacó que la Justicia no condenó al abogado, preservando su derecho a la crítica pública.
Este punto fue enfatizado por Giusti en sus redes:
“El fallo reconoce la libertad de expresión. Un funcionario público no se puede sentir injuriado porque uno use apelativos respecto de decisiones en políticas públicas.”
El debate de fondo: legalidad, transparencia y derecho a la crítica
Más allá del caso particular, la sentencia abre nuevamente el debate sobre el nivel de transparencia en los proyectos productivos estatales, la forma en que el gobierno provincial comunica estos procesos, y el margen que debe concederse al ejercicio crítico desde la sociedad civil.
Cannava, como empresa estatal dedicada al desarrollo del cannabis medicinal, ha estado en el centro de la polémica desde su fundación. Si bien ha recibido elogios por su innovación, también ha sido objeto de múltiples cuestionamientos por la falta de acceso a información pública sobre sus operaciones, contratos y resultados económicos.
El gobierno provincial ha sostenido que Cannava cumple con todos los requisitos legales y sanitarios exigidos a nivel nacional, pero las demandas de mayor control y publicidad activa de su gestión se han mantenido vigentes desde distintos sectores sociales y políticos.
Un fallo sin condena pero con impacto institucional
La resolución de la Cámara Civil y Comercial de Jujuy marca un precedente en relación con la protección de la libertad de expresión, pero también deja sentado que las acusaciones contra Cannava eran infundadas. En esa dualidad, la sentencia equilibra el respeto a la crítica en una democracia con la necesidad de preservar la reputación de los proyectos estatales cuando estos actúan dentro de la legalidad.
Giusti no será condenado, pero el fallo deja claro que las afirmaciones que realizó no se ajustaban a la verdad. Para la provincia, representa una reivindicación del proyecto Cannava. Para el abogado, una reafirmación de su derecho a cuestionar al poder, aun cuando sus conclusiones no hayan sido compartidas por la Justicia.
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