Tras casi tres años de un extenso proceso judicial, el Tribunal en lo Criminal Nº 2 de Jujuy resolvió en diciembre de 2025 el sobreseimiento total y definitivo de tres dirigentes sociales que habían sido imputados por participar en una protesta para reclamar asistencia alimentaria destinada a comedores populares. Los beneficiados por esta resolución son Sebastián Copello, del Partido Obrero y Polo Obrero; Antonio Juan Manuel Chorolque, del MTR-12 de Abril; y Verónica Urzagasti, del Movimiento Argentina Rebelde (MAR).
La causa se originó en abril de 2022, cuando diversas organizaciones sociales realizaron manifestaciones en la provincia para exigir ayuda para comedores y merenderos que asisten a comunidades vulnerables. Durante esas movilizaciones, que incluyeron cortes de ruta, los tres referentes fueron detenidos y posteriormente imputados por los delitos de «Entorpecimiento de transportes y servicios», contemplado en el Artículo 194 del Código Penal, y «desobediencia a la autoridad», tipificado en el Artículo 239.
Los hechos que desencadenaron el proceso

La tarde del 7 de abril de 2022, la Policía provincial realizó allanamientos y detuvo a los tres dirigentes. Copello y Chorolque permanecieron detenidos durante casi una semana. Según las fuentes consultadas, la manifestación contó con la participación de aproximadamente 5.000 personas, aunque solo tres referentes fueron procesados.
En ese momento, el fiscal Diego Funes explicó que las imputaciones no estaban relacionadas con el reclamo social en sí mismo, sino con presuntos delitos estipulados en el Código Penal. «Las imputaciones no tienen nada que ver con el reclamo social, sino que se relacionan a delitos estipulados en el Código Penal», señaló Funes en abril de 2022, según consignaron medios locales.
El fiscal también aclaró que, si bien «la protesta es un derecho constitucional», la justicia debe actuar «cuando en el ejercicio de un derecho se producen delitos donde hay víctimas concretas». Funes indicó que se actuó por denuncias de distintas personas que se vieron perjudicadas por la interrupción del tránsito durante al menos cuatro horas.
Denuncias de persecución política

Desde el inicio del proceso, los acusados sostuvieron que la causa tenía motivaciones políticas y que formaba parte de una estrategia de disciplinamiento social por parte del gobierno provincial encabezado por Gerardo Morales. Sebastián Copello afirmó que la causa tenía una «función política» destinada a «preparar las condiciones para seguir disciplinando a todo aquel que proteste», según declaraciones reproducidas en distintos medios.
Los dirigentes denunciaron la existencia de un «Estado de persecución permanente que genere miedo» y Copello ironizó sobre la situación con una frase que sintetiza su percepción: «Quien no tenga una causa en Jujuy que levante la mano».
Los acusados también cuestionaron el uso del Artículo 194, destacando que fue creado durante la dictadura militar de Juan Carlos Onganía. «Es curioso que todos los gobiernos democráticos se sostienen de un artículo del Código Penal de una dictadura para perseguir a cualquiera que manifiesta», expresó Copello, según consignó la prensa provincial.
Además, los dirigentes sostuvieron que la causa era «totalmente armada» y que el fiscal «sabe que no hay pruebas para llevar adelante una causa de este tipo». También consideraron «increíble» que se juzgara a manifestantes por pedir alimentos para sectores vulnerables.
Un proceso marcado por postergaciones

El juicio experimentó múltiples postergaciones durante sus casi tres años de duración. Según Copello, estas demoras fueron parte de una estrategia deliberada para «tener las causas abiertas» y «sostener un clima de persecución».
Entre las razones de las postergaciones se mencionaron situaciones como que el juez no había leído el pedido de nulidad presentado por la defensa, y posteriormente que el fiscal suplente tampoco lo había revisado. Estas dilaciones procesales fueron interpretadas por los acusados como una táctica para mantener la presión judicial sobre ellos y sus organizaciones, generando un efecto intimidatorio en la población que pudiera considerar participar en futuras movilizaciones.
Copello también señaló que de una manifestación con 5.000 participantes, solo tres personas fueron procesadas, lo que consideró evidencia del carácter «bastante persecutorio» de las acusaciones. Esta focalización en líderes visibles de organizaciones sociales reforzó, según su perspectiva, la intención de enviar un mensaje disuasorio a otros activistas y movimientos.
La resolución final: sobreseimiento por prescripción
El 17 de diciembre de 2025, el Tribunal en lo Criminal Nº 2, integrado por los jueces Luis Ernesto Kamada y Ana Carolina Pérez Rojas, resolvió el sobreseimiento de los tres imputados. La decisión se basó en la «extinción de la acción penal por prescripción», conforme a los artículos 59 y 62 del Código Penal de la Nación y el Artículo 379 del Código Procesal Penal de Jujuy.
Según informaron medios provinciales, durante los tres años que duró el proceso «no se pudo reunir las pruebas suficientes para generar una causa y elevar a juicio». Esto significa que el tiempo máximo establecido por la ley para investigar y procesar el presunto delito se agotó sin que la fiscalía lograra formalizar una acusación con el respaldo probatorio necesario.
Reacciones al fallo
Sebastián Copello celebró la decisión judicial como «un triunfo que llega en un momento crucial donde las luchas populares van a aparecer por todos lados a causa de la crisis, el ajuste y el paquete de reformas que prepara el Congreso».
El dirigente reiteró sus críticas al ex gobernador Gerardo Morales, afirmando que «se creía intocable y ocultaba una realidad que hoy ya nadie se anima a negar. Los reclamos populares no se pueden tapar con el código penal».
Copello también enmarcó el fallo dentro de lo que considera una crisis de las instituciones provinciales, que calificó de «totalmente corrompidas», y vinculó el desenlace del caso con el deterioro de la imagen pública de Morales en la provincia.
Un debate sobre protesta y justicia

El cierre de esta causa, que mantuvo en vilo a tres referentes sociales durante casi tres años por reclamar alimentos para sectores vulnerables, reabre el debate sobre los límites entre el orden público y el derecho a la protesta en Argentina.
Mientras la fiscalía argumentó que actuó ante denuncias concretas de personas afectadas por los cortes de ruta, los acusados sostuvieron que el proceso formó parte de una estrategia de criminalización de la protesta social con fines políticos.
La resolución por prescripción, sin que se llegara a reunir pruebas suficientes para un juicio, deja interrogantes sobre la solidez inicial de las acusaciones y sobre el uso del sistema judicial en contextos de conflictividad social. El caso de Copello, Chorolque y Urzagasti se suma así a otros procesos judiciales contra activistas y dirigentes sociales en distintas provincias argentinas, un fenómeno que organizaciones de derechos humanos han señalado como una tendencia preocupante en los últimos años.

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