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Condenaron a dos hombres por caza furtiva de vicuñas en la Puna jujeña: mataron 9 ejemplares protegidos en Piscuno

El Juzgado Ambiental de Jujuy condenó a dos hombres por matar nueve vicuñas protegidas en Piscuno. Prisión condicional y reparación económica obligatoria.

El Juzgado Ambiental de la provincia de Jujuy dictó una condena de dos años de prisión de ejecución condicional contra dos hombres hallados responsables del delito de caza furtiva de animales de la fauna silvestre, agravada por el uso de armas, y del almacenamiento de piezas y subproductos provenientes de esa actividad ilícita. El fallo, homologado el 7 de abril de 2026 mediante un acuerdo de juicio abreviado, representa un contundente mensaje judicial frente a uno de los delitos ambientales más graves y persistentes de la región altoandina.

El acuerdo de juicio abreviado fue homologado por la jueza del Juzgado Ambiental, Dra. Laura Flores, conforme a los requisitos legales vigentes. Durante la audiencia actuaron como representante del Ministerio Público de la Acusación el Dr. Luis Miguel Cavanna y como defensor de los imputados el Dr. Diego Yanicelli. También estuvieron presentes el Dr. Héctor Núñez y la Lic. Malvina Quintana, Directora de Biodiversidad y Áreas Protegidas, en representación del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático provincial, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley de Fauna N° 22.421.

Los hechos: nueve vicuñas muertas a tiros desde un vehículo en Piscuno

Condenaron a dos hombres por caza furtiva de vicuñas en la Puna jujeña, mataron 9 ejemplares protegidos en Piscuno 4

La investigación del Ministerio Público de la Acusación determinó que los hechos ocurrieron a principios de febrero de 2026 en la zona de Piscuno, Departamento de Santa Catalina en la puna jujeña, donde se constató la muerte de al menos nueve ejemplares de vicuña. La especie goza de protección legal expresa tanto en el ordenamiento jurídico nacional como en tratados internacionales de conservación.

Según lo acreditado en el proceso, los acusados persiguieron y dieron muerte a los animales utilizando un arma de fuego larga calibre 22, efectuando disparos desde un vehículo en movimiento. En el marco de las medidas investigativas, se realizaron allanamientos en la localidad de Cieneguillas, donde fueron secuestrados cueros de animales silvestres compatibles con vicuña, un arma de fuego, municiones, cuchillos y otros elementos vinculados a la actividad ilícita. Además, se halló un arma de fuego larga oculta en un predio cercano a uno de los domicilios allanados, lo que reforzó la hipótesis de una operación premeditada y organizada.

La sentencia y sus fundamentos: gravedad ambiental y bien jurídico tutelado

La magistrada Flores fundamentó con contundencia la condena impuesta. En la sentencia expresó que «la conducta atribuida a los imputados reviste significativa gravedad, no sólo por la infracción normativa en sí misma, sino por el bien jurídico tutelado, consistente en la preservación de la fauna silvestre como componente esencial del ambiente».

En el mismo sentido, la jueza argumentó que «la vicuña constituye una especie emblemática de los ecosistemas altoandinos, cuya protección ha sido objeto de especial atención tanto en el orden interno como en instrumentos internacionales de conservación», y agregó que «su aprovechamiento se encuentra sujeto a estrictos sistemas de control, orientados a garantizar su conservación y uso sustentable, lo que excluye cualquier forma de captura o explotación clandestina».

Estas palabras reflejan no solo la aplicación de la norma, sino también una clara voluntad judicial de jerarquizar la protección ambiental en la provincia, en un contexto donde la caza furtiva sigue representando una amenaza real y documentada para la biodiversidad de la Puna jujeña.

Reparación económica: insumos médicos y campañas de concientización

Condenaron a dos hombres por caza furtiva de vicuñas en la Puna jujeña, mataron 9 ejemplares protegidos en Piscuno 2

Más allá de la pena privativa de libertad con ejecución condicional, la sentencia impuso a los condenados obligaciones de reparación concretas, bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la condena ante su incumplimiento.

Los condenados recibieron la obligación de realizar aportes económicos en beneficio de los puestos sanitarios de Santa Catalina y Cieneguillas, consistentes en la donación de insumos médicos. Asimismo, deberán financiar campañas de concientización sobre la protección de la vicuña, que serán ejecutadas por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de la provincia.

Este componente reparatorio resulta significativo: conecta el daño ambiental con las comunidades locales afectadas y con la necesidad de construir conciencia colectiva en torno a la conservación de una especie que es, al mismo tiempo, patrimonio natural y recurso económico vital para los pueblos de la Puna.

La vicuña: especie protegida por ley argentina e instrumentos internacionales

La jueza Dra. Laura Flores también destacó en su fallo el marco normativo que rodea a la vicuña como especie autóctona silvestre. El animal se encuentra incluido en el CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres), el instrumento global más importante para regular el comercio de especies en peligro.

En 1979, Argentina, Bolivia, Chile, Perú y Ecuador suscribieron el Convenio para la Conservación y Manejo de la Vicuña, que prohíbe expresamente la comercialización y la caza ilegal, y que fue incorporado al derecho interno mediante la Ley N° 23.582. En el ámbito provincial, la Ley N° 5.634 establece el plan de conservación y manejo de la vicuña en Jujuy, contemplando como única alternativa legal la esquila en animales vivos en estado silvestre, bajo condiciones estrictamente reglamentadas.

Este entramado normativo, subrayado por la sentencia, evidencia que la caza furtiva no es una infracción menor: constituye una violación múltiple de normas nacionales, provinciales e internacionales, que pone en riesgo tanto la biodiversidad como las economías comunitarias sustentadas en el chaccu y la esquila legal de fibra de vicuña.

Un fallo con impacto regional en la lucha contra la caza ilegal

Condenaron a dos hombres por caza furtiva de vicuñas en la Puna jujeña, mataron 9 ejemplares protegidos en Piscuno 1

El caso vuelve a poner en foco la importancia de los mecanismos legales para proteger especies autóctonas y el trabajo conjunto entre la justicia, el Ministerio Público y las autoridades ambientales para combatir la caza furtiva.

La problemática no es nueva en Jujuy. Tal como informó oportunamente Jujuy Gráfico, la caza furtiva de vicuñas genera un daño irreversible a la biodiversidad de la provincia y afecta directamente a las comunidades que realizan producción sustentable en silvestría. El representante de la CAMVI ha señalado que «nosotros siempre sufrimos la caza furtiva. Nos reunimos con las fuerzas de seguridad, pero no se logra cubrir la Puna. Las instituciones dicen que no tienen suficiente personal, que no salen todos los días, y el cazador siempre está presente».

En ese contexto, la condena dictada por la jueza Flores adquiere una dimensión adicional: no es solo un fallo penal, sino una señal institucional hacia quienes operan en las zonas más vulnerables de la Puna jujeña. La fibra de vicuña —considerada una de las más preciosas del mundo y comercializada en dólares, principalmente hacia el mercado boliviano— sigue siendo el motor económico que impulsa a los cazadores furtivos a desafiar la ley y devastar una especie que tardó décadas en recuperarse.

La articulación entre el Juzgado Ambiental, el Ministerio Público de la Acusación y el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático en este caso marca un precedente que las comunidades de la Puna esperaban con urgencia. El fallo demuestra que el sistema judicial puede actuar con eficacia y rapidez cuando los organismos trabajan de manera coordinada.

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